FUNCIONES

  • Formular y aprobar el Plan de Ejecución del PEIP para la aplicación del modelo de ejecución de inversiones públicas en sus Inversiones.
  • Ejecutar y cerrar sus inversiones, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversión y/o la normativa de la materia.
  • Celebrar convenios y contratos conforme a la normatividad vigente y a las funciones conferidas por el Reglamento de proyectos especiales de inversión pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020. (linkeado en documento cargado en sección Normativa)
  • Gestionar y supervisar la ejecución directa de las actividades e intervenciones necesarias para la liberación, remoción o reubicación de interferencias para la ejecución de las inversiones del PEIP, debiendo suscribir los acuerdos o convenios, según corresponda.
  • Reportar la aplicación del modelo de ejecución de inversiones públicas, los avances de la ejecución física y financiera de sus inversiones y, según corresponda, la información relacionada con la presencia, remoción o reubicación de interferencias en la zona de influencia de las Inversiones, de acuerdo con la normatividad de la materia.
  • Ejecutar a través de terceros sus inversiones, para lo cual los contratos correspondientes deben incluir obligatoriamente, cláusulas anticorrupción y resolución por incumplimiento.
  • Formular y aprobar, dentro del marco legal, los documentos normativos y orientadores necesarios para optimizar el ejercicio de sus funciones.
Ir al contenido